PRENSA: Disección en Ibiza a la ley más complicada de aplicar

Casi cuatro décadas después de su promulgación, aplicar la Ley de Costas sigue provocando un enorme dolor de cabeza a las administraciones, que no cuentan con los ingentes recursos que requiere el estudio de cada caso particular. Ayer, diversos expertos analizaron el porqué de la «eterna transitoriedad» de la ley.

David Ventura - Ibiza30 MAY 2025 6:00

La Ley de Costas de 1988 ha recibido críticas desde puntos de vista muy distintos. Los ecologistas sostienen que ha sido una herramienta que no ha servido para evitar la desaforada construcción que sufrió la costa durante la burbuja inmobiliaria. Desde otra perspectiva, muchos particulares que han visto sus propiedades afectadas, la califican como una ley excesivamente intervencionista y de máximos.

La jornada de ayer del Foro Costas y Litoral que organizó la Cámara de Comercio en la sede de la UIB en Eivissa, viraba más hacia el segundo punto de vista, ya que esta jornada cuenta con la participación de la Asociación de Afectados por la Ley de Costas en Eivissa (Aalce). No obstante, se puso el foco en un aspecto que puede poner a todos de acuerdo, y es en las disposiciones transitorias. Una anomalía que ha propiciado que casi cuatro décadas después de la aprobación de la ley, muchos expedientes estén todavía en el aire. Una situación que resumió en una frase el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, Juan Ramón Fernández: «El legislador es consciente de que se ha pasado de frenada, y por eso crea el régimen transitorio».

Transitoriedad eterna

En la primera ponencia, José Antonio García-Trevijano, letrado mayor del Consejo de Estado jubilado, analizó la transitoriedad primera de la Ley de Costas, que trata sobre el dominio público. «En los casos en los que terrenos privados pasaban a ser de titularidad pública, la Administración podría haber optado por compensar económicamente. Pero el legislador dijo, no, esto me cuesta mucho dinero, lo que voy a hacer es dar a todos los antiguos propietarios una concesión de 30 años, prorrogables por otros 30, y cuando pase este periodo de tiempo consolido el dominio público».

Unas concesiones compensatorias cuya legalidad se ha discutido hasta que el Tribunal Constitucional determinó que sí eran ajustadas a derecho: «Tema muy discutible, porque si esto lo trasladamos a otras situaciones podemos imaginar que se puedan expropiar ciudades enteras sin pagar una peseta, simplemente con un mecanismo similar».

La otra situación conflictiva es en aquellos terrenos donde hay debate sobre la condición que tenían antes de la ley, donde un particular considera que la parcela es suya y la Administración sostiene que es de dominio público. «El Ministerio tenía la obligatoriedad por imperativo de la ley de incoar expedientes, terreno por terreno, para determinar en qué situación se encontraba ese suelo», pero el problema es que «llevamos 37 años de la Ley de Costas y la Administración no ha tramitado esos expedientes más que en contadas ocasiones». Una situación que, a su juicio, deja a los afectados en un «limbo jurídico».

Laberinto jurídico

Por su parte, el abogado Juan Ramón Fernández no se mordió la lengua y calificó la Ley de Costas como de «maximalista y bárbara», y criticó también la reforma del año 2013 y el reglamento aprobado en 2022, que fue anulado por el Tribunal Supremo por defectos de forma: «Una sentencia que dejó un sabor agridulce porque el Supremo no entró en el fondo del asunto».

Fernández se centró en la disposición tercera sobre zonas adyacentes y realizó un relato de los meandros que ha seguido su aplicación. La ley determina que debe haber una franja de servidumbre de paso de cien metros en zonas rústicas y de veinte cuando se trate de zonas urbanas. Un aspecto que generó muchos quebraderos de cabeza dada la existencia de zonas urbanas no legalizadas, o municipios que no habían finalizado su planificación urbanística, más la diferencia entre urbanos consolidados y no consolidados, o la existencia de terrenos que cuentan con los servicios propios para ser clasificados como suelo urbano. En definitiva, un galimatías.

Más brevemente, el profesor de la UIB Carles Garau explicó la dificultad de aplicar las competencias transferidas por la Ley de Costas, mientras que Juan José Ortega, que durante diez años fue técnico de costas del Ayuntamiento de Santa Eulària, narró el frustrante papel de las entidades municipales en este caso: «Las playas pertenecen a Costas, pero son los ayuntamientos quienes se encargan de la seguridad, quienes deben asumir la responsabilidad de cerrar una playa si hay desprendimientos».

Finalizó la jornada el presidente del Consell de Eivissa, Vicent Marí, quien criticó la forma en la que se tramitaron las competencias de Costas en Balears: «Fue una transferencia política pero no real, lo cual es muy frustrante», y lamentó que «el Estado desaparezca de los territorios insulares».

Créditos: https://www.diariodeibiza.es/ibiza/2025/05/30/diseccion-ibiza-ley-complicada-aplicar-118005979.html

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