PRENSA: El Consejo de Ministros acorrala al Consell para aligerar con los derribos de las casas de Babilonia en Guardamar
El Gobierno aprueba un requerimiento como paso previo a la interposición de un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional
Loreto Mármol - 28 OCT 2025 16:05
Actualizada 28 OCT 2025 19:06
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un requerimiento de incompetencia a la Generalitat Valenciana en relación con la aprobación del acuerdo de admisión a trámite de la declaración de núcleo urbano con especial valor etnológico en Guardamar del Segura y con el acuerdo de suspensión cautelar de las demoliciones de los inmuebles en la calle Ingeniero Codorniu, como ya adelantó este periódico.
Estos dos actos, apoyados sobre el artículo 17 de la Ley de Protección y Ordenación de la Costa Valenciana, tienen entre sus efectos el de paralizar la demolición de las viviendas ubicadas en la playa de Babilonia, instada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico "al amparo de la legislación básica estatal de costas vigente y la falta de título de ocupación de los vecinos residentes en los inmuebles y en cumplimiento de varias sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo", explicó la ministra y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, en la rueda de prensa posterior.
Este requerimiento precede a la interposición de un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional, de acuerdo con la regulación prevista en los artículos 62 a 67 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que "el Gobierno interpondrá si la Generalitat no atiende este requerimiento de incompetencia y revoca las actuaciones que paralizaron la orden de derribo que pesa sobre las casas de la playa de Babilonia", ha añadido.
El ministerio exige al Consell que dé marcha atrás en la declaración de núcleo urbano con valor etnológico y en la suspensión cautelar de las demoliciones, señalando "deslealtad institucional" y una invasión de competencias
El Ministerio para la Transición Ecológica emitió hace unos días su primera comunicación oficial a la Generalitat después de que el pasado 15 de septiembre se cumpliera el plazo para que los vecinos de la playa de Babilonia acometieran los derribos de las viviendas. El requerimiento que hacía el Gobierno central al valenciano era para que dé marcha atrás y anulara ambas medidas o acudiría a los tribunales.
Por su parte, la Generalitat, aunque tiene un mes de plazo para acatar el requerimiento, avanzaba a este periódico que se mantiene firme en los dos actos administrativos, porque está al lado de los afectados, por lo que se llegaría a la vía judicial, lo que retrasaría la ejecución de la orden ministerial para decir adiós no solo a los inmuebles, sino también a toda una vida de recuerdos de sus moradores.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat emitió el 5 de septiembre una suspensión cautelar para evitar que se pusieran en peligro los posibles valores patrimoniales existentes en el núcleo de viviendas.
El día 12 de ese mismo mes, solo tres días antes de que se cumpliera el plazo, entró en el ministerio la admisión a trámite de la declaración de núcleo urbano con especial valor etnológico -a petición de la asociación vecinal-, pese a que el acuerdo se emitió el 21 de julio por la Conselleria de Medio Ambiente, amparándose en la Ley de Costas valenciana que se aprobó en mayo.
Dos medidas que tenían la intención de paralizar la demolición de las viviendas que ordenó el ministerio con base en la normativa estatal, la falta de título de ocupación de los residentes y la sentencia de la Audiencia Nacional que luego ratificó el Tribunal Supremo.
De hecho, en la práctica logró la paralización porque los afectados pidieron a la empresa que habían contratado para los derribos que esperase a que Costas se pronunciara. La mercantil aquel día solo hizo acto de presencia en una jornada marcada por una tensa calma.
El ministerio sostenía que la actuación del Consell consiste en la admisión a trámite de la solicitud de la Asociación de Vecinos de la Playa de Guardamar-Babilonia para la declaración de un conjunto residencial como núcleo urbano con especiales valores etnológicos, que "pretende evadir el cumplimiento de una orden de derribo válida y firme en vía administrativa y judicial, confirmada en primera instancia ante la Audiencia Nacional y ante el Tribunal Supremo en casación, con fundamento en una norma cuya constitucionalidad se está examinando y vulnerando el principio de lealtad institucional".
El requerimiento ministerial recalcaba que "hay un comportamiento desleal por parte de la comunidad autónoma", sobre todo por la insuficiencia de plazo concedido a la Administración General del Estado para dar una respuesta adecuada.
Patrimonio Cultural de la Generalitat dejó apenas ocho días naturales al Estado para reaccionar, mientras que la conselleria tardó 53 días en notificarle el acuerdo, "haciendo imposible cualquier reacción por parte de este departamento".
Y argumentaba que hay "una extensión indebida de competencias autonómicas sobre ámbitos reservados al Estado". Incluso, ponía de manifiesto la posible inconstitucionalidad de las medidas, al tratar de impedir que el Estado ejerza las competencias que les son propias.
En este sentido, subrayaba que el Tribunal Constitucional ha establecido de forma inequívoca la titularidad estatal sobre estas competencias, que se encuadran no en materia de ordenación del litoral, sino en la competencia exclusiva del Estado de definir y establecer el régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre, "vulnerada por los acuerdos autonómicos" -insistía-, porque "lo que pretende la Generalitat con los reiterados acuerdos es vaciar esa competencia de contenido, incurriendo en vicio de nulidad", sostenía el ministerio.
También cuestionaba "la buena fe" del Consell en que estos actos han sido emitidos durante el transcurso de las negociaciones para resolver discrepancias sobre la constitucionalidad de determinados preceptos de la Ley de Costas valenciana. Precisamente, la declaración de núcleo etnológico se basa en uno de los artículos en los que la Administración central mostró desacuerdo cuando se aprobó este año la normativa, ya que la normativa estatal ya contiene la regulación sobre los bienes declarados de interés cultural -de mayor entidad y protección que los bienes culturales de interés local declarados por las corporaciones municipales- que se encuentren situados en el dominio público marítimo-terrestre.
Recurso de inconstitucionalidad
Como consecuencia, se acordó en julio una comisión bilateral para negociar. Entretanto, sin que aún se haya resuelto, pudiendo derivar en la interposición de un recurso de inconstitucionalidad -el plazo termina el 26 de febrero-, la Generalitat iniciaba los trámites de consultas previas para desarrollar el decreto que regule la declaración de núcleos urbanos costeros de especial valor etnológico.
En cualquier caso, advertía el departamento que dirige Sara Aagesen, la declaración como bien de interés cultural debe justificarse sólidamente, sin "convertir en papel mojado la exigencia constitucional de protección del dominio público marítimo terrestre", y en este caso se "menoscaba" al impedir la demolición.
En cuanto a la Ley de Patrimonio Cultural Valenciana, para la suspensión cautelar, el ministerio sostenía que no está diseñada para condicionar las actuaciones de la Administración central, sino que se orienta específicamente a los ayuntamientos. Por tanto, "su aplicación directa al Estado resulta jurídicamente improcedente", añadía.
Créditos: https://www.informacion.es/vega-baja/2025/10/28/consejo-ministros-acorrala-consell-acatar-123107120.html

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