Notas a los socios: Alegaciones y actuaciones pendientes

  Hemos enviado con fecha de hoy a los grupos de Whatsapp "Asociación de afectados por la Ley de Costas de Dénia" y "AALCD Comunicados oficiales" la siguiente:

NOTA INFORMATIVA

— Se recomienda a todos los socios afectados por el dominio público marítimo-terrestre (DPMT) en los tramos Centro y Sur que, en caso de disconformidad con el trazado del deslinde aprobado, interpongan sus correspondientes recursos antes del próximo mes de septiembre, con el fin de preservar plenamente sus derechos e intereses. Los socios afectados del tramo Norte ya deberían haber presentado dichos recursos dentro del plazo establecido.

— En relación con la solicitud de concesión administrativa (únicamente para aquellos socios cuyas parcelas hayan resultado afectadas por el DPMT) y que todavía no la hayan solicitado, rogamos que nos lo comuniquen. La abogada de la Asociación atenderá cualquier duda al respecto. Aunque no es necesario presentar las solicitudes de manera inmediata, resulta conveniente hacerlo antes de que transcurra un año desde la aprobación del deslinde. Si se presentan con posterioridad, ello no impedirá su otorgamiento, puesto que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) está obligado a concederlas de oficio. No obstante, la presentación dentro del plazo de un año puede resultar favorable a efectos del cómputo del plazo concesional.

— Aquellos propietarios que deseen solicitar la concesión por haber pasado su propiedad, total o parcialmente, al dominio público marítimo-terrestre, deberán aportar al MITECO una certificación registral acreditativa de que ellos mismos o alguno de sus causantes (testadores, donantes, vendedores, etc.) tienen la condición de terceros adquirentes protegidos por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria; es decir, que adquirieron a título oneroso de una persona que figuraba como propietaria en el Registro de la Propiedad.

— Se informa asimismo a todos los propietarios cuyas viviendas o parcelas hayan resultado afectadas por la aprobación del deslinde que, antes de formalizar cualquier transmisión de la propiedad (compraventa, donación, herencia u otros negocios jurídicos), consulten previamente con un abogado especializado. La Administración de Costas puede oponerse o condicionar determinadas transmisiones y, en todo caso, exigir que en las escrituras públicas se hagan constar las nuevas afecciones derivadas del deslinde aprobado.

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