La reforma del reglamento de Costas trae nuevas restricciones a los chiringuitos
El marco legal que prepara el Gobierno central obliga a pasar por concurso público las concesiones, sin opción a prórrogas automáticas
Alberto Sánchez - 29/05/2026 a las 01:18h.
El Reglamento General de Costas, la norma estatal que regula las licencias de ocupación en el litoral, va a pasar por una remodelación profunda que traerá nuevas restricciones a instalaciones de temporada en las playas como los chiringuitos. España, a ojos de la Comisión Europea, ha vulnerado de forma reiterada los principios de transparencia e imparcialidad al otorgar y prorrogar concesiones para actividades económicas en el dominio público marítimo-terrestre sin someterlas a procesos de selección abiertos, públicos y concurrentes. Ahora, el Gobierno central quiere evitar con este cambio normativo una sanción por incumplir la directiva comunitaria.
Las reglas del juego van a cambiar para los negocios a pie de playa y para los ayuntamientos. Las explotaciones comerciales en la costa pasarán ahora obligatoriamente por un concurso público abierto sin derecho a prioridad por antigüedad, estando prohibidas las prórrogas o renovaciones automáticas. Además, se limitarán las ocupaciones temporales, con nuevos plazos máximos marcados en la norma: hasta 75 años únicamente para proyectos de restauración ecológica, acuicultura y salinas; 50 años para servicios públicos obligatorios, y un tope de 30 años para el resto de actividades de restauración, hoteleras e industriales.
Las patronales del sector y los consistorios cuyos municipios miran al mar han comenzado a evaluar las consecuencias del borrador del reglamento que está tramitando el Ministerio para la Transición Ecológica. Adelantan que tendrán que lidiar con más limitaciones para los locales en la arena, donde además se tendrán que desmantelar los sótanos y acotar la planta principal a una superficie de 200 metros cuadrados si se ubican en playas urbanas (con una distancia mínima entre chiringuitos de 150 metros); en playas naturales, el negocio no podrá ocupar más de 70 m² (20 de ellos de instalación cerrada).
«El Ministerio aborda la reforma para dar seguridad jurídica» a las concesiones, explicó ayer el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, quien apuntó que Europa ha sido clara en el expediente de infracción abierto contra España: «Las concesiones que no se ajusten al procedimiento de la Directiva de Servicios estarán en situación de ilegalidad», advirtió. Solo en el litoral de la comarca del Campo de Cartagena habría una treintena de chiringuitos que tendrán que ponerse al día cuando entre en vigor la reforma.
El reglamento, además, introduce la prohibición de conceder licencias para ocupación del dominio público o prórrogas a obras o instalaciones que soporten «un riesgo cierto de ser alcanzadas por el mar». Este punto podría afectar a distintas playas o paseos marítimos del litoral murciano, pero especialmente a La Manga del Mar Menor.
Otra novedad importante estaría en la revisión con efectos retroactivos de todas las prórrogas concedidas de forma extraordinaria, cuyo periodo de permiso se tendrá que acotar, «de manera que no se extienda más allá de lo necesario para garantizar la amortización de las inversiones realizadas». Si el titular no acepta este nuevo plazo recortado, la concesión será revocada y se tramitará una compensación económica para el empresario.
Las normas de navegación y fondeo en torno a las playas no balizadas también cambiarán, fijándose una zona de baño con una anchura de 200 metros y una velocidad de las embarcaciones restringida a tres nudos.
Mejores condiciones posibles
Los chiringuitos de la Región venían ya de una confrontación con la Demarcación de Costas a cuenta de las limitaciones cada vez más severas que se imponían sobre los elementos desmontables en las playas. Fuentes de la patronal Hostecar de Cartagena reclamaron ayer las mejores condiciones posibles a la hora de conseguir las autorizaciones.
«Más burocracia y dificultades administrativas» a la hora de autorizar actividades de bajo impacto
Desde el departamento que dirige Jorge García Montoro precisaron que las competencias autonómicas afectan únicamente a las instalaciones ubicadas en zonas de servidumbre y tránsito, como paseos marítimos y espacios anexos, mientras que los chiringuitos situados directamente sobre la arena corresponden al dominio público marítimo-terrestre y son de competencia estatal.
La argumentación remitida a Madrid advierte de que el nuevo reglamento «obliga a aplicar procedimientos de concurrencia competitiva y trámites mucho más complejos incluso para autorizaciones de escaso impacto», sin que se diferencie de forma adecuada entre grandes actividades económicas y servicios accesorios o temporales vinculados al uso turístico del litoral. El Gobierno regional considera que esa indefinición puede generar inseguridad jurídica, más cargas administrativas y retrasos innecesarios tanto para las administraciones como para los establecimientos afectados.
Por ello, en las alegaciones de Infraestructuras se plantea que el reglamento incorpore una definición más precisa de las actividades sometidas a esos procedimientos y que contemple fórmulas simplificadas para autorizaciones de menor entidad, «evitando aplicar la misma complejidad administrativa a todos los casos con independencia de su impacto real». La Consejería ya se había mostrado crítica con esta reforma, ya que priorizaba la elaboración de una nueva ley de Costas que derivara el grueso de las competencias sobre el litoral de la Región al Gobierno autonómico, aunque esta idea no está encima de la mesa del Ministerio para la Transición Ecológica.
Créditos: https://www.laverdad.es/murcia/reforma-reglamento-costas-trae-nuevas-restricciones-chiringuitos-20260529011801-nt.html

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