COLABORACIÓN: Deficiencias de la Ley de costas Valenciana

Deficiencias señaladas por el CJC

El dictamen del Consell Jurídic Consultiu ha señalado con claridad las deficiencias del proyecto de ley (hoy ya ley autonómica): la falta de estudios esenciales y la introducción de instrumentos jurídicos que rebasan las competencias autonómicas.

Estas observaciones evidencian la necesidad de reforzar la solidez técnica y jurídica del texto antes y después de su tramitación.

El hecho de que se haya aprobado no indica que esos problemas no existan.


Riesgos de una ley sin base técnica

El riesgo de una ley sin base técnica es evidente: tan arbitrario es demoler o expropiar sin fundamento como lo sería desafectar sin garantizar mecanismos válidos.

El reto es superar ese vacío, aportando criterios que aporten seguridad jurídica y ambiental al mismo tiempo.


La categoría de “núcleo etnológico”

La categoría de “núcleo etnológico” debe encontrar sentido como patrimonio cultural vivo: no como museo BIC donde se excluyen o restringen los fines residenciales—, sino como forma de vida con valor cultural que merece protección patrimonial.

Esa lógica de compatibilidad ya se reconoce, aunque de forma contradictoria, en las concesiones para vivienda, donde se admite de hecho la continuidad residencial durante décadas, a pesar de estar prohibidas las construcciones para vivienda en DPMT.


El principio de antropización

El propio Estado reconoció en 2013, a través de la reforma de la Ley de Costas, que los asentamientos humanos consolidados podrían hacer innecesario su tratamiento como DPMT, basándose en el principio de antropización.

Sin embargo, la aplicación difusa de dicho principio se limitó a una lista cerrada de núcleos en la disposición adicional séptima, por lo cual no ha podido desarrollarse ni en esos casos ni en otros equivalentes.

Reivindicar la antropización como principio general de innecesariedad para el DPMT permitiría garantizar que las comunidades históricas no se vean tratadas como ocupaciones ilegítimas y consolidaría una interpretación coherente de la categoría de núcleo etnológico como expresión de interés público.


Gestión integrada de la costa

El verdadero valor de una ley de núcleos etnológicos debería residir en promover la gestión integrada de la costa, asegurando la participación indispensable de las Comunidades Autónomas en la gestión del litoral, especialmente en los procesos de delimitación del DPMT.

Esa gestión integrada debe apoyarse en una planificación adaptativa, capaz de determinar los riesgos con datos científicos actualizados continuamente y de reconocer la presencia de comunidades históricas como parte del patrimonio cultural y social.

Solo así los deslindes dejarían de ser un instrumento de desposesión para convertirse en una auténtica herramienta de protección integral.


La planificación adaptativa

La segunda clave es la citada planificación adaptativa, que solo puede funcionar si se basa en una monitorización constante del territorio costero, complementando y ajustando indispensablemente los modelos teóricos generales a largo plazo que no admiten la adaptación.

Se trata de proyectar esos escenarios abstractos y conectarlos con la realidad local, y de ajustar sistemáticamente las decisiones a datos medidos y verificados.

Solo así pueden diferenciarse contextos: defensa activa de los núcleos consolidados, preservación estricta de espacios naturales y soluciones híbridas allí donde confluyen ambos intereses.


Conclusión

En definitiva, las carencias señaladas por el CJC pueden superarse si la ley se construye sobre dos pilares complementarios: la antropización, que legitima la ocupación histórica, y la planificación adaptativa, que garantiza su pervivencia con base científica y monitorización constante.

El enfoque innovador está en compatibilizar la protección patrimonial con la protección de una forma de vida, inseparables en una costa habitada, y en convertir los deslindes en un verdadero instrumento de gestión integrada al servicio tanto del medioambiente como de las comunidades costeras.

Federico Aniorte (Asociación de afectados por la Ley de Costas de Cabo de Palos)

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